Alumnos de fuera de la Unión Europea

ALUMNOS ESTUDIANDO EN IRLANDA CON UNA VISA – FAQS

¿Necesito una visa para estudiar en Irlanda?

Si provienes de un país miembro de la UE, no precisas de una visa para estudiar en Irlanda y no necesitas registrarte en el departamento de inmigración. Si no provienes de un país miembro de la UE, precisas de una visa para estudiar en Irlanda.
Los alumnos de paises tales como Brasil, Méjico y Argentina pueden venir a Irlanda sin una visa y con una carta de recomendación de la escuela, de modo que puedan obtener su visa después de llegar. Los alumnos de paises tales como China o Venezuela (entre otros) precisarán de una visa, a obtener a través de la embajada, antes de venir. El Servicio de Inmigración Irlandés tiene una página en la que comprobar si necesitas, o no, una visa. Clica aquí: http://www.inis.gov.ie/en/INIS/Pages/check-irish-visa

¿Cuánto dura una visa de estudios?

Para cursos de inglés, la duración es de 8 meses. De ellos, 6 son de estudios y los dos finales de vacaciones.

¿Puedo cogerme vacaciones al comienzo del curso?

No, no es posible coger vacaciones al comienzo del curso.

¿Cómo registrarme como alumno en Irlanda?

Para registrarte, necesitas formalizar una cita en la oficina de inmigración del centro de la ciudad. Puedes hacerlo en la siguiente página: https://burghquayregistrationoffice.inis.gov.ie/

¿Qué necesito llevar conmigo para la cita?

1. Una carta de tu escuela certificando el curso en el que estás.
2. Certificación del banco a tu nombre como prueba de que tienes al menos 3000 euros para cubrir los gastos de tu estancia en Irlanda.
3. Certificado médico de tu compañía de seguros como prueba de que tienes cobertura médica durante tu estancia en Irlanda.
4. Una tarjeta de crédito VISA card (o de otro emisor) con la que afrontar las tasas de registro de 300 euros.
5. El día y hora de tu cita impresos (los recibirás por correo cuando reserves la cita).
6. Prueba de tu dirección en Irlanda.

¿A qué obliga una visa de estudios?

Hay algunos deberes relacionados con una visa de estudios. En primer lugar, es preciso que vayas al curso. Como mínimo, debes asistir al 85% de las clases. Si faltas más, la escuela está obligada a informar al departamento de inmigración.
Tienes que hacer un examen independiente al final del curso. Según tu clase, éste será Cambridge PET, Cambridge FCE, Cambridge CAE, Cambridge CPE o IELTS Academic.

¿Puedo prolongar mi estancia más de 8 meses?

Sí, puedes renovar tu visa dos veces. Caso de hacerlo, tienes que mostrar al departamento de inmigración que estás atendido y que has hecho los exámenes.

¿Puedo pagar a plazos?

No. Tendrás que acreditar a inmigración que todas las cantidades ya han sido pagadas antes del comienzo del curso.

¿Qué sucede si abono el curso y no obtengo mi visa?

Si no logras obtener tu visa y no has empezado el curso con nosotros, te devolveremos todo el dinero menos 200 euros en concepto de gastos administrativos.

¿Puedo trabajar con una visa de estudiante?

Por cada 8 meses de estudio estás autorizado a trabajar a tiempo parcial (hasta 20 horas por semana) toda vez que tu trabajo no interfiera con tus horarios de estudio. En Junio, Julio, Agosto y Septiembre, así como entre el 15 de diciembre y el 15 de enero, los alumnos podrán trabajar hasta 40 horas por semana.
Necesitar un trabajo no puede ser excusa para no asistir a clase. Todo trabajo que realices deberá tener lugar más tarde de las 2 de la tarde o en fin de semana.

Algo ha sucedido y tengo que volver a casa. ¿Qué puedo hacer?

En circunstancia excepcionales – fallecimiento de un familiar, etc. – los alumnos pueden hacer un paréntesis sin aviso previo. Sin embargo, la escuela tendrá necesidad de algún tipo de confirmación o evidencia de que éste u otro es el motivo de la ausencia. Habla con el manager si tienes necesidad de consejo.

RECLAMACIONES

Las reclamaciones se presentarán, en primer lugar, al manager.
Éste completará el formulario de reclamaciones con el estudiante, el professor y el personal de la escuela.
El manager buscará la forma de resolver la queja y se citará con la persona que la puso.
Si la queja no queda resuelta a la satisfacción de ésta, se transmitirá a los propietarios.
Los propietarios se reunirán con el demandante y se registrarán todos los detalles adicionales que se precisen.
Los propietarios buscarán la forma de resolver la queja y se citarán de nuevo con el demandante.
Si la queja no queda resuelta a la satisfacción de éste, se buscará un arbitraje externo con un miembro independiente del sector.
En todo momento, el demandante puede acudir con un testigo a todos los encuentros.
Si la queja original es contra el Manager, la reclamación se transfiere directamente a los propietarios.
Si la queja original es contra los propietarios, los estados del 4 al 6 son espúreos y la reclamación pasa directamente del estado 3 al 7, caso de no haber quedado resuelta en el estado 3.
PREGUNTA